- Defensa jurídica en conflictos relacionados con el contrato de arrendamiento ...
- Daños por actos vandálicos y robo que el inquilino pueda causar en el continente de la vivienda
- Asistencia jurídica telefónica para dar respuesta inmediata a dudas sobre tus derechos y obligaciones como arrendador
Protege tus derechos e intereses como arrendador: impago de alquileres, defensa jurídica en conflictos relacionados con el contrato de arrendamiento, daños por actos vandálicos y robo que el inquilino pueda causar en el continente de la vivienda. Y siempre con asistencia jurídica telefónica para dar respuesta inmediata.
Información
¿Por qué un seguro de Impago de Alquileres?
Porque es un seguro para propietarios de viviendas destinadas al alquiler como residencia habitual que garantiza:
- La Protección Jurídica de los derechos e intereses del arrendador derivados del contrato de arrendamiento y de la propiedad de la vivienda arrendada.
- El pago del importe de las rentas impagadas por el inquilino o arrendatario y el adelanto de rentas impagadas cuando se haya iniciado el proceso de desahucio dentro de los tres meses posteriores al de inicio del impago.
- Cuando exista un siniestro indemnizado con cargo a la cobertura de Impago de Alquileres, los daños materiales que el arrendatario pueda causar en el continente de la vivienda arrendada, detectados una vez el inquilino la haya desalojado una vez concluido el proceso de desahucio.
Garantías
Protección Jurídica
- Defensa y reclamación del contrato de arrendamiento. Mínimo litigioso: 300€.
- Defensa de otros seguros.
- Defensa de la responsabilidad penal.
- Reclamación de daños de origen extracontractual.
- Reclamación en contratos de servicios de reparación o mantenimiento de las instalaciones de la vivienda.
- Defensa de los derechos relativos a la vivienda.
- Asistencia jurídica telefónica.
Pago de rentas impagadas
- Cobertura hasta 12 meses.
- Franquicia: 1 mes.
- Suma máxima: 3.000€ renta mensual.
Adelanto rentas impagadas iniciado el proceso de desahucio
Actos vandálicos al continente cometidos por el inquilino
- Daños al continente ocasionados por actos vandálicos cometidos por el inquilino.
- Robo de partes del continente por el inquilino.
Características y coberturas
- La Protección Jurídica de los derechos e intereses del arrendador derivados del contrato de arrendamiento y de la propiedad de la vivienda arrendada.
- El pago del importe de las rentas impagadas por el inquilino o arrendatario y el adelanto de rentas impagadas cuando se haya iniciado el proceso de desahucio dentro de los tres meses posteriores al de inicio del impago.
- Cuando exista un siniestro indemnizado con cargo a la cobertura de Impago de Alquileres, los daños materiales que el arrendatario pueda causar en el continente de
GARANTIAS
- Defensa y reclamación del contrato de arrendamiento. Mínimo litigioso: 300€.
- Defensa de otros seguros.
- Defensa de la responsabilidad penal.
- Reclamación de daños de origen extracontractual.
- Reclamación en contratos de servicios de reparación o mantenimiento de las instalaciones de la vivienda.
- Defensa de los derechos relativos a la vivienda.
- Asistencia jurídica telefónica.
es de 300€. Plazo de carencia para garantías contractuales, salvo para reclamaciones por impago de
alquileres: 3 meses.
Límite de gastos 3.000€.
- Alquileres de temporada.
- Subarrendamientos.
- Alquileres rústicos.
- Viviendas secundarias.
- Locales destinados a uso industrial o comercial.
Esta garantía permite asegurar el impago del alquiler por parte del inquilino o arrendatario. El periodo máximo de cobertura es de 12 meses, y el importe máximo de renta de alquiler que se puede asegurar es de 3.000 euros al mes.
firme que le obligue a ello pague las rentas impagadas. Asimismo el arrendador deberá devolver las rentas al asegurador en el supuesto de que la sentencia resulte desfavorable a sus intereses.
Consecutivo a acuerdos de carácter general adoptados por una asamblea u organismo representativo de los inquilinos o arrendatarios.
Consecuencia de un incendio, explosión, daños por agua, robo o cualquier daño que afecte a la solidez del inmueble o como consecuencia de un conflicto entre el arrendador y el arrendatario anterior al seguro.
seguro.
- Aportar contrato de alquiler.
- DNI arrendatario.
- 2 últimas nóminas del inquilino.
- Acreditación antigüedad laboral > 1 año.
- Constatación de que la renta anual del alquiler no supera el 45% de los ingresos netos anuales del inquilino.
- Otra documentación que acredite la solvencia del inquilino cuando no se trate de un asalariado.
https://www.segurosfiatc.com/seguros-hogar/seguro-impago-alquileres#sigProIddd9ef58945